Ley 20.500: Sobre Asociaciones y Participacion Ciudadana
El marco legal que permite la constitucion de asociaciones de cultivo colectivo de cannabis medicinal
Esta informacion es de caracter general y no constituye asesoria juridica. Para casos especificos, consulte a un abogado especializado en la materia.
Resumen ejecutivo
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La Ley 20.500 facilita la constitucion de organizaciones de la sociedad civil, incluyendo asociaciones sin fines de lucro, corporaciones y fundaciones.
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Las asociaciones de cultivo colectivo de cannabis medicinal se constituyen al amparo de esta ley, obteniendo personalidad juridica que les permite operar formalmente.
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Se requieren minimo 3 socios fundadores, estatutos, asamblea constitutiva e inscripcion en el Registro Civil para obtener la personalidad juridica.
Que es la Ley 20.500
La Ley 20.500, promulgada el 16 de febrero de 2011, modifica diversas normas del Codigo Civil y otras leyes para facilitar la constitucion, organizacion y disolucion de las asociaciones sin fines de lucro en Chile. Su objetivo principal es fortalecer la participacion ciudadana y fomentar la asociatividad.
Antes de esta ley, constituir una asociacion sin fines de lucro era un proceso burocratico complejo que podia tomar meses. La Ley 20.500 simplifico los tramites, estableciendo un procedimiento mas agil de inscripcion ante el Registro Civil e Identificacion, sin necesidad de aprobacion gubernamental previa.
Si bien la ley no menciona el cannabis en ningun articulo, su importancia para el movimiento cannabico chileno es enorme: proporciona el marco juridico para que las asociaciones de cultivo colectivo de cannabis medicinal se constituyan como personas juridicas formales, con derechos y obligaciones reconocidos por el Estado.
Articulos relevantes para las asociaciones cannabicas
“Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente para la consecucion de fines licitos. Este derecho comprende la facultad de crear asociaciones que expresen la diversidad de intereses sociales e identidades culturales.”
El derecho de asociacion esta garantizado constitucionalmente y la Ley 20.500 lo desarrolla. La clave esta en que el fin debe ser “licito”. Las asociaciones de cultivo colectivo argumentan que su fin es licito porque: (a) proveen cannabis medicinal a pacientes con receta, (b) no tienen fines de lucro, y (c) estan amparadas por la jurisprudencia de la Corte Suprema.
“Las asociaciones se constituiran por un acto voluntario de sus miembros fundadores, que deberan ser a lo menos tres, en asamblea que se celebrara con las solemnidades que se senalan en los incisos siguientes.”
La constitucion requiere un minimo de tres personas que acuerden formar la asociacion en una asamblea formal. En esta asamblea se aprueban los estatutos, se eligen los miembros del directorio y se designa al presidente.
Como se constituye una asociacion de cultivo colectivo
Reunion de socios fundadores
Minimo 3 personas que compartan el objetivo de acceder a cannabis medicinal de calidad. Todos deben contar con receta medica o documentacion medica que respalde su necesidad terapeutica.
Elaboracion de estatutos
Los estatutos deben definir el objeto social (provision de cannabis medicinal a socios-pacientes), el nombre, domicilio, patrimonio, derechos y obligaciones de los socios, mecanismos de gobernanza y causales de disolucion.
Asamblea constitutiva
Se celebra ante un ministro de fe (notario o funcionario del Registro Civil) donde se aprueban los estatutos y se eligen las autoridades. Se levanta un acta de la asamblea.
Inscripcion en el Registro Civil
Se deposita en la Secretaria Municipal respectiva una copia del acta y los estatutos. Si no hay observaciones en 30 dias, se obtiene la personalidad juridica automaticamente.
Inicio de operaciones
Con la personalidad juridica obtenida, la asociacion puede abrir cuentas bancarias, celebrar contratos, adquirir bienes y, en definitiva, operar formalmente como entidad proveedora de cannabis medicinal a sus socios.
Por que es importante para el cannabis medicinal
La Ley 20.500 es el puente entre el derecho constitucional de asociacion y la actividad concreta de cultivo colectivo. Sin esta ley, las asociaciones cannabicas operarian en la informalidad, sin personalidad juridica ni reconocimiento estatal.
La personalidad juridica otorgada bajo esta ley es precisamente lo que la Corte Suprema considero en su fallo de 2022 sobre cultivo colectivo: el hecho de que la asociacion este formalmente constituida, con estatutos claros y sin fines de lucro, fue uno de los elementos determinantes para reconocer la legitimidad de su actividad.
Ademas, la ley impone obligaciones de transparencia, rendicion de cuentas y gobernanza democratica que refuerzan la credibilidad de estas organizaciones ante las autoridades y la sociedad. Las asociaciones deben llevar contabilidad, celebrar asambleas periodicas y rendir cuentas a sus socios, lo que las diferencia claramente de organizaciones informales de trafico.
Un ejemplo de asociacion legalmente constituida bajo la Ley 20.500 es Molino Costero, asociacion constituida bajo la Ley 20.500.
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